El uso del móvil personal para fines laborales es sancionable

EL USO DEL MÓVIL PERSONAL PARA FINES LABORALES ES EL USO DEL MÓVIL PERSONAL PARA FINES LABORALES ES SANCIONABLE

EL USO DEL MÓVIL PERSONAL PARA FINES LABORALES ES SANCIONABLE

Un expediente sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos a una empresa que, a pesar de las reiteradas negativas de la persona trabajadora, utilizaba el móvil personal del empleado como herramienta de trabajo, conculcando las leyes de protección de datos vigentes.

En este caso confluyen tres aspectos laborales de gran relevancia: la prohibición de usar el móvil particular de la persona trabajadora con fines laborales; las citadas sanciones que conlleva tal práctica en términos de protección de datos y, finalmente, la vía que abre esta resolución para obligar a las empleadoras a respetar el derecho a la desconexión, ante las sanciones que puede conllevar su vulneración.

Por su interés, os adjuntamos el comentario realizado por el Servicio de Estudios de la Confederación, en el que se analiza la sentencia citada.

El uso del móvil personal para
fines laborales es sancionable
El uso del móvil personal para
fines laborales es sancionable