“Tener 50 años no es causa de despido”

DESPIDOS DISCRIMINATORIOS POR LA EDAD, COMENTARIO SENTENCIA 323/2020 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 33 DE MADRID

El pasado 18 de noviembre de 2020, el Juzgado de lo Social no 33 de los de Madrid dictaba sentencia por la que condenaba a la empresa tecnológica HUAWEI a la readmisión de los trabajadores mayores de 50 años que había despedido, así como a una indemnización por daños morales de 20.000 euros para cada uno de esos trabajadores. Además, entendiendo que la conducta empresarial podría ser constitutiva de infracción laboral, remitía copia de la sentencia a la ITSS.

Aunque el empresario alegó la existencia de razones objetivas para justificar su decisión, los indicios aportados por los demandantes, lejos de ser destruidos, confirmaban la conducta discriminatoria.

Es innegable que el factor edad juega un papel importante en algunas decisiones empresariales, y en el caso que resuelve esta sentencia se evidencia una descarnada y peligrosa filosofía empresarial de sustituir lo viejo por lo nuevo.

Sentencia nº 323 Despidos discriminatorios por razón de edad
Sentencia nº 323 Despidos discriminatorios por razón de edad