📌 La revisión de las pertenencias a la salida del trabajo 👉 vulnera el derecho a la intimidad. ⚖️ SAN 4743/2021, de 30 de noviembre de 2021.
El pasado mes de noviembre, la Audiencia Nacional dictó sentencia por la que declara la nulidad de algunos apartados del procedimiento de seguridad que impuso la empresa DOUGLAS SPAIN S.A, para implantar un sistema de revisión de las pertenencias de las personas trabajadoras abusivo, combinando registro físico diario (revisión de sus enseres) con registro digital, y captación con cámaras de video vigilancia.
El Tribunal declara la nulidad de la medida por no ser ésta ni proporcionada, ni idónea, ni necesaria, concluyendo que rebasa ampliamente las facultades que al empresario otorga el art. 18 ET relativo a la realización de registros a la persona trabajadora cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, y supone una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad consagrado en el art. 18.1 CE.
Dado su interés, el SEC ha realizado un breve análisis y comentario de la Sentencia referida, que os acompañamos.

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