Claves para sumar hasta 5 años de cotización por el cuidado de hijos: Así funciona el beneficio que se solicita en la jubilación.
Muchos padres y madres ven sus carreras laborales interrumpidas por el nacimiento y cuidado de sus hijos, generando «lagunas» en su historial de cotizaciones que pueden afectar a su futura pensión. La Seguridad Social contempla un mecanismo para compensar este hecho, permitiendo sumar periodos de cotización ficticia que pueden alcanzar un máximo de cinco años.
Este beneficio, a menudo desconocido, reconoce como cotizados hasta 270 días por cada hijo (tanto biológico como adoptado). Este periodo se imputa a los progenitores que hayan visto afectada su vida laboral por dedicarse al cuidado de los menores, siempre que se hayan producido interrupciones en la cotización.
¿Cuándo y cómo se solicita? El error más común
La clave fundamental, y donde reside la principal confusión, es el momento de la solicitud. A diferencia de otras ayudas, este cómputo de días no se solicita mientras el trabajador está en activo. No es un trámite que deba realizarse tras el nacimiento del hijo ni aparecerá reflejado en el informe de vida laboral.
Este derecho se hace efectivo únicamente en el momento de solicitar la pensión de jubilación o de incapacidad permanente. Será entonces cuando el futuro pensionista deberá asegurarse de que el funcionario de la Seguridad Social incluya estos periodos ficticios en el cálculo de su prestación.
¿Quién lo recibe, el padre o la madre?
La normativa establece que, en caso de que ambos progenitores tuvieran derecho, la preferencia para la asignación de estos días de cotización es para la madre. No obstante, el beneficio puede ser reconocido al padre si este demuestra que la interrupción de su cotización o su carrera laboral se ha visto más perjudicada.
Si se deseara que fuera el padre quien disfrutara de este cómputo, y siempre que la madre no vaya a solicitarlo para sí misma, esta deberá rellenar y firmar un modelo oficial de «Autorización para el reconocimiento de los beneficios por cuidado de hijos», cediendo expresamente su derecho.
Es importante destacar que estos años ficticios computan para mejorar la cuantía de la pensión, pero no para cumplir con el requisito de tener el mínimo de años cotizados para acceder a ella. Una correcta planificación e información en el momento de la jubilación será crucial para no perder este derecho.



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