La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un órgano de la Administración del Estado que se encarga de garantizar el cumplimiento de las Leyes en materia del Derecho del Trabajo y Seguridad Social. El trabajador puede recurrir a ella para denunciar situaciones de fraude laboral.
¿Cuándo acude la Inspección de Trabajo a una empresa?
La Inspección puede acudir por diferentes motivos:
– Tras una denuncia realizada por cualquier persona.
– De oficio (sin denuncia, por iniciativa de la Inspección de Trabajo).
– Por petición de otros Órganos Administrativos o Judiciales Públicos.
¿Puede una persona denunciar anónimamente ante la Inspección de Trabajo?
No, no se admiten las denuncias anónimas ni las enviadas a través de correo electrónico. En la denuncia siempre deberá de aparecer la identificación de la persona. No obstante, los funcionarios tienen la obligación de guardar en todo momento la identidad de quien realiza la denuncia.
¿Qué es entonces el “buzón de fraude laboral” que el gobierno ha creado recientemente?
Es un sistema que se ha puesto en marcha para que cualquier ciudadano pueda comunicar a la Inspección de Trabajo, de forma totalmente anónima, presuntas irregularidades de las que tenga conocimiento. Lo que sucede es que esa comunicación tiene carácter informativo y la Inspección decidirá si lo investiga o no. No tiene la misma eficacia que una denuncia.
Pulsa para acceder al buzón contra el fraude laboral.
¿Es necesario que sea trabajador de la empresa para poder denunciar?
No, para poner la denuncia no hace falta que sea trabajador ni persona afectada, es decir, la denuncia la puede poner cualquier persona con conocimiento de causa.
Contenido de la denuncia:
Modelo de escrito de denunciaLa denuncia deberá de contener:1) Los Datos personales de la persona que denuncia, 2) La descripción de los hechos, 3) Fecha y lugar donde se produjeron los hechos, 4) Identificación de las personas responsables y 5) También se podrá aportar cualquier documentación con la que se pueda justificar los hechos denunciados.
Pulsa para ver el formulario de denuncia.
Hay tres formas de interponer una denuncia:
A) En persona, cuando la persona denunciante deberá de acudir al registro de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente (ver directorio)
B) Por correo postal enviando la denuncia a la Oficina correspondiente de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Si la denuncia se realiza de este modo, se deberá de aportar copia del DNI y una autorización de la persona denunciante, para que la Inspección pueda comprobar sus datos.
C) Por Internet. En este caso, la persona denunciante deberá de tener certificado digital o DNI electrónico, y podrá hacerla a través de la sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Para ello pulsa en este enlace > Tramites online de la D.G. de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y luego, donde indica “Acción Inspectora”.
Algunas importantes funciones de la Inspección de Trabajo
Entre las funciones de la Inspección de Trabajo se encuentran:
- Garantizar la seguridad del trabajador, comprobando que la empresa cumple con todas las medidas de seguridad y que tales medidas se encuentran en perfecto estado.
- Comprobar que los trabajadores se encuentran de alta en la Seguridad Social.
- Comprobar que no se hacen cambios en la contabilidad de la empresa.
- Comprobar que el trabajador no trabaja más de lo que se encuentra dado de alta.
- Comprobar que el trabajador que está cobrando alguna prestación o subsidio, sigue cumpliendo los requisitos para tener derecho a ella.
Centros de la Inspección de Trabajo en la Comunidad de Madrid.
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