Ayuda Familiar

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Ayuda Familiar.                                       ,

Si has agotado tu prestación contributiva y tienes responsabilidades familiares, puedes acceder a un subsidio por desempleo.  Se trata de la llamada “ayuda familiar” una prestación no contributiva de 426 euros al mes para las personas paradas que no tengan rentas y si responsabilidades familiares. Dirigida tanto a quienes hayan agotado su prestación como a quienes no pueden cobrarla por no tener suficientes cotizaciones (más de 3 meses y menos de 1 año).

Requisitos

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado una oferta de empleo.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cargas familiares.  Tener responsabilidades familiares significa tener a su cargo al cónyuge o a algún hijo o hija por naturaleza o adopción menor de 26 años o mayor discapacitado o menor acogido, que no tenga ingresos mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y que la suma de todos los ingresos dividida entre el número de miembros que componen la unidad familiar, no supere dicha cantidad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Carecer de ingresos superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. (491,40 €  mensuales para 2016).

¿Cuánto dura?

Se concederá una prestación inicial por 6 meses, que será prorrogable por otros 6, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayas agotado y de tu edad, siempre que lo solicites en plazo y mantengas los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

  • Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrás derecho a totalizar 18 meses.
  • Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a totalizar 24 meses.
  • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrás derecho a totalizar 24 meses.
  • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a totalizar 30 meses.

Cuadro resumen

Edad Prestación contributiva que se agota Duración
Menores de 45 años 4 meses 18 meses
6 meses o más 24 meses
Mayores de 45 años 4 meses 24 meses
6 meses o más 30 meses

Plazo

Debe de transcurrir un mes de espera desde el agotamiento de la prestación contributiva.

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera.

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