Ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2017-2018. .
El objeto de las ayudas es la compensación de los gastos que supone a los alumnos el desplazamiento por sus propios medios al centro docente donde cursan estudios en caso de no poder hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación e Investigación.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda se calculará, fundamentalmente, teniendo en cuenta la distancia entre el domicilio familiar y el centro docente, oscilando entre 260 euros hasta 1.100 euros por alumno/curso.
Destinatarios de las ayudas
Serán destinatarios de las ayudas, con carácter general, los alumnos escolarizados, durante el curso académico 2017-2018, en un centro ubicado en la Comunidad de Madrid, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria o en Educación Especial y que carezcan o no puedan hacer uso de las rutas de trans- porte escolar contratadas por la Consejería de Educación e Investigación.

Plazo de presentación de solicitudes
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la Base de Datos Na- cional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Normas reguladoras
Acuerdo de 1 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 5 de diciembre de 2016, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las ayudas individualizadas de trasporte escolar.
Procedimiento de concesión
Las ayudas se otorgarán por procedimiento de concesión directa, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, sin concurrencia entre los solicitantes.
Pulsa para ver el BOCM de la publicación.

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