¿QUÉ PROTECCIÓN TENGO ANTE UN DESPIDO SI ESTOY EMBARAZADA?

¿QUÉ PROTECCIÓN TENGO ANTE UN DESPIDO SI ESTOY EMBARAZADA?                   .

Si estás embarazada, el derecho laboral recoge una protección especial frente al despido, que además se prolonga durante el permiso de maternidad, e inclusive pasado nueve meses.

Así mismo, esta protección se ampliará en caso de que la trabajadora disfrute de una excedencia por cuidado del menor o una reducción de jornada por guarda legal.

Pulsa para descargarte la infografía ¿Qué protección tengo ante un despido si estoy embarazada?

¿QUÉ PROTECCIÓN TENGO ANTE UN DESPIDO SI ESTOY EMBARAZADA?
¿QUÉ PROTECCIÓN TENGO ANTE UN DESPIDO SI ESTOY EMBARAZADA?

SERÁ TAMBIÉN NULO EL DESPIDO EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS

• Durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural a que se refieren los artículos 45.1.d) y e) del Estatuto de los Trabajadores o por enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, o el notificado en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dichos periodos.
• Trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión.
• Trabajadores/as que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los artículos 37.4, 5 y 6 del Estatuto de los Trabajadores, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en el artículo 46.3; y el de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral.

• Trabajadores/as después de haberse incorporado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción, delegación de guarda, acogimiento, o paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la fecha de nacimiento, adopción, delegación de guarda o acogimiento del hijo o del menor.

La protección frente al despido no es absoluta, ya que se puede proceder al despido de una trabajadora siempre que exista alguna  causa objetiva o disciplinaria, o si existen causas económicas u organizativas.

QUÉ PROTECCIÓN TENGO ANTE UN DESPIDO SI ESTOY EMBARAZADA.jpg

  • Si el despido es objetivo por causas económicas, la empresa tendrá que probar y justificar que existen verdaderas causas objetivas para proceder al despido.
  • En el proceso de despido, basta con que existan indicios de que el despido es discriminatorio, para que se proceda a invertir la causa de la prueba.
  • Es el empresario empleador quien tiene que probar la causa cierta del despido.
  • La trabajadora tendrá que demandar para conseguir la nulidad del despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para que la empresa tenga obligatoriamente que reincorporarla a su puesto de trabajo y abonar los salarios de tramitación.