ADAPTACIÓN DE JORNADA

Adaptación de jornada

ADAPTACIÓN DE JORNADA

El 8 de marzo de 2019 entró en vigor el Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que, entre otros aspectos, y con el fin de facilitar la adaptación de los horarios laborales y articular fórmulas de mayor corresponsabilidad en el cuidado de hijos y familiares, modificó el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.

Con la reforma operada, se ha posibilitado no sólo el cambio de turno, sino incluso cómo se ordena y se realiza el trabajo. De esta manera, se permite la modificación sin necesidad de reducción de jornada y sin necesidad de mantener los turnos existentes. No se trata únicamente de que para conciliar la vida familiar y laboral se trabajen menos horas durante la jornada de trabajo, sino que la distribución horaria de la jornada favorezca la armonización del trabajo con obligaciones familiares.

En este documento, una vez expuesta la normativa al efecto en un texto anterior*, se presenta un repertorio de recientes sentencias relativas a la materia en las cuales, entre otras materias, se da cuenta de la significación constitucional del derecho, y de los criterios que determinan su ejercicio y materialización.

Última publicación del Servicio de Estudios de la Confederación que analiza la jurisprudencia acontecida desde la reforma legislativa sobre la adaptación de jornada, y profundiza en aquellos aspectos más relevantes que de manera común encontramos en la mayoría de los pronunciamientos.

ADAPTACIÓN DE JORNADA
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