Orden Modificación uso mascarilla

Modificación del Uso de la Mascarilla

La Orden 1362/2021, de 21 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Mediante esta Orden se modifica el punto 2 del apartado octavo, en el que cabe destacar que el uso obligatorio de la mascarilla no es exigible:

– En los centros de trabajo cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones,

– En los centros docentes de la C. de Madrid autorizados a impartir enseñanzas de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas de idiomas, elementales y profesionales de música y de danza, artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas y educación para adultos, durante los periodos de recreo que se realicen en espacios al aire libre, siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal.

Asimismo:

  • –  Los ayuntamientos podrán autorizar la ampliación del horario de cierre de las terrazas hasta la 1.00 horas.
  • –  Se elimina la limitación de aforo de cines, teatros, auditorios, circos, salas multiusos polivalentes, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Orden Modificación uso mascarilla
Orden Modificación uso mascarilla