Nuevos Permisos Retribuidos 💶 para el cuidado de menores 👶.

🆕 Nuevos Permisos Retribuidos 💶 para el cuidado de menores 👶.

🆕 Nuevos Permisos Retribuidos 💶 para el cuidado de menores 👶.

👉 Esta noticia 📄 resume los cambios y la estructura actual de los permisos retribuidos 💶 relacionados con el cuidado de menores 🍼 en España, tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio ⚖️.

I. Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor (General)

  • Duración Total: 19 semanas para CADA progenitor.
    • Carácter: Intransferibles entre progenitores.
    • Retribución: 100% de la base reguladora (prestación de Seguridad Social).
  • Distribución del Disfrute:
    • 6 semanas obligatorias:
  • Ininterrumpidas y a jornada completa.
  • Inmediatamente posteriores al parto o resolución judicial/administrativa de adopción, guarda o acogimiento.
    • 11 semanas flexibles:
  • A disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • Pueden disfrutarse en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida.
  • Posibilidad de jornada completa o parcial.
    • 2 semanas adicionales retribuidas (del Permiso Parental):
  • Pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Son parte de las 8 semanas del permiso parental, que ahora son retribuidas en esta proporción.

II. Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor (Familias Monoparentales)

  • Duración Total: 32 semanas para el progenitor único.
    • Retribución: 100% de la base reguladora.
  • Distribución del Disfrute:
    • 6 semanas obligatorias:
  • Ininterrumpidas y a jornada completa.
  • Inmediatamente posteriores al parto o resolución judicial/administrativa de adopción, guarda o acogimiento.
    • 22 semanas flexibles:
  • A disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • Pueden disfrutarse en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida.
  • Posibilidad de jornada completa o parcial.
    • 4 semanas adicionales retribuidas (del Permiso Parental):
  • Pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Son parte de las 8 semanas del permiso parental, que ahora son retribuidas en esta proporción para familias monoparentales.

III. Permiso Parental (Artículo 48 bis ET y 49.g EBEP)

  • Duración Total: 8 semanas.
  • Carácter:
    • 2 semanas retribuidas (4 para monoparentales): Novedad del Real Decreto-ley 9/2025.
    • 6 semanas NO retribuidas (4 para monoparentales): Se mantienen sin retribución.
  • Disfrute:
    • Puede disfrutarse de forma continua o discontinua.
    • A jornada completa o parcial.
    • Hasta que el menor cumpla 8 años.

IV. Consideraciones Importantes

  • Entrada en Vigor: 31 de julio de 2025 (día siguiente a su publicación en el BOE).
  • Retroactividad de Semanas Adicionales Retribuidas (del Permiso Parental):
    • Aplicable a hechos causantes (nacimientos, adopciones, etc.) producidos a partir del 2 de agosto de 2024.
    • Podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
  • Marco Normativo: Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público, en transposición de la Directiva (UE) 2019/1158.
🆕 Nuevos Permisos Retribuidos 💶 para el cuidado de menores 👶.
🆕 Nuevos Permisos Retribuidos 💶 para el cuidado de menores 👶.

🍼 Sistema Completo de Permisos Retribuidos por Nacimiento y Cuidado – 2025

📋 Resumen Ejecutivo

Real Decreto-ley 9/2025, publicado en el BOE el 30 de julio de 2025, entrada en vigor: 31 de julio de 2025

Cambios Principales:

  • ✅ Ampliación de 16 a 19 semanas para familias biparentales
  • ✅ Ampliación de 16 a 32 semanas para familias monoparentales
  • ✅ 100% retribuidas por la Seguridad Social
  • ✅ Completa transposición de la Directiva UE 2019/1158

🏠 FAMILIAS BIPARENTALES

Total: 19 SEMANAS por cada progenitor

FASE 1: OBLIGATORIAS

  • Duración: 6 semanas
  • Cuándo: Inmediatamente después del parto/adopción
  • Modalidad: Jornada completa obligatoria
  • Retribución: 100% base reguladora

FASE 2: FLEXIBLES

  • Duración: 11 semanas
  • Cuándo: Hasta que el menor cumpla 12 meses
  • Modalidad:
    • Jornada completa o parcial (con acuerdo empresa)
    • Acumuladas o interrumpidas
    • Distribuibles por semanas
  • Retribución: 100% base reguladora
  • Preaviso: 15 días

FASE 3: CUIDADO PARENTAL

  • Duración: 2 semanas ⭐ NOVEDAD
  • Cuándo: Hasta que el menor cumpla 8 años
  • Modalidad:
    • Jornada completa o parcial (con acuerdo empresa)
    • Acumuladas o interrumpidas
    • Distribuibles por semanas
  • Retribución: 100% base reguladora
  • Preaviso: 15 días
  • Retroactividad: Aplicable desde 2 agosto 2024 (solicitable desde 1 enero 2026)

👤 FAMILIAS MONOPARENTALES

Total: 32 SEMANAS para el único progenitor

FASE 1: OBLIGATORIAS

  • Duración: 6 semanas
  • Cuándo: Inmediatamente después del parto/adopción
  • Modalidad: Jornada completa obligatoria
  • Retribución: 100% base reguladora

FASE 2: FLEXIBLES

  • Duración: 22 semanas ⭐ NOVEDAD
  • Cuándo: Hasta que el menor cumpla 12 meses
  • Modalidad:
    • Jornada completa o parcial (con acuerdo empresa)
    • Acumuladas o interrumpidas
    • Distribuibles por semanas
  • Retribución: 100% base reguladora
  • Preaviso: 15 días

FASE 3: CUIDADO PARENTAL

  • Duración: 4 semanas ⭐ NOVEDAD
  • Cuándo: Hasta que el menor cumpla 8 años
  • Modalidad:
    • Jornada completa o parcial (con acuerdo empresa)
    • Acumuladas o interrumpidas
    • Distribuibles por semanas
  • Retribución: 100% base reguladora
  • Preaviso: 15 días
  • Retroactividad: Aplicable desde 2 agosto 2024 (solicitable desde 1 enero 2026)

🎯 OTROS PERMISOS RETRIBUIDOS RELACIONADOS

Permiso por Lactancia (ya existente)

  • Duración: Hasta 9 meses del menor
  • Modalidad: 1 hora diaria (fraccionable en 2 de 30 min)
  • Alternativa: Acumulación en jornadas completas
  • Retribución: 100% salario

Permiso Parental NO Retribuido (ya existente)

  • Duración: 8 semanas
  • Cuándo: Hasta que el menor cumpla 8 años
  • Modalidad: Tiempo completo o parcial
  • Retribución: Sin retribución
  • Nota: Independiente de las 2 semanas parentales retribuidas

📅 CALENDARIO DE APLICACIÓN

FechaAplicación
31 julio 2025✅ Entrada en vigor inmediata del RD-ley
31 julio 2025✅ Aplicable las 17 primeras semanas (6+11)
2 agosto 2024📋 Fecha de corte para retroactividad semanas parentales
1 enero 2026📋 Posibilidad de solicitar 2 semanas parentales retroactivas

🏢 ÁMBITO DE APLICACIÓN

Trabajadores Incluidos:

  • ✅ Trabajadores por cuenta ajena (Estatuto de los Trabajadores)
  • ✅ Personal funcionario (Estatuto Básico del Empleado Público)
  • ✅ Trabajadores autónomos (Régimen Especial)

Supuestos Cubiertos:

  • ✅ Nacimiento (incluye personas trans gestantes)
  • ✅ Adopción
  • ✅ Guarda con fines de adopción
  • ✅ Acogimiento familiar

💰 FINANCIACIÓN Y PRESTACIONES

Prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor

  • Cuantía: 100% de la base reguladora
  • Financiación: Seguridad Social
  • Requisitos: Alta o situación asimilada al inicio de cada período

Subsidio por Nacimiento (sin período mínimo cotización)

  • Cuantía: 100% del IPREM (salvo que la base reguladora sea inferior)
  • Duración: Período de descanso obligatorio (6 semanas)
  • Ampliaciones: +14 días en casos especiales (familia numerosa, discapacidad, etc.)

🔍 CASOS ESPECIALES

Ampliaciones Adicionales:

  • Parto múltiple: +2 semanas totales (1 por cada progenitor)
  • Discapacidad del menor: +2 semanas totales (1 por cada progenitor)
  • Hospitalización neonato: Hasta +13 semanas adicionales
  • Parto prematuro: Extensión según hospitalización

Situaciones Especiales:

  • Fallecimiento del menor: No reduce el permiso (salvo solicitud tras 6 semanas obligatorias)
  • Fallecimiento de un progenitor: El otro puede usar la totalidad del permiso
  • Adopción internacional: Posible inicio hasta 4 semanas antes de la resolución judicial

⚖️ DERECHOS Y GARANTÍAS

Características del Derecho:

  • 🔒 Individual e intransferible para cada progenitor
  • 🔒 No acumulable entre progenitores
  • 🔒 Cómputo como servicio efectivo a todos los efectos
  • 🔒 Reincorporación en iguales condiciones
  • 🔒 Protección contra despido durante el período

Limitaciones Empresariales:

  • 📋 Posible limitación del disfrute simultáneo por razones objetivas
  • 📋 Aplazamiento en administraciones públicas si afecta gravemente al servicio
  • 📋 Requerimiento de acuerdo para jornada parcial

🚨 NOTAS IMPORTANTES

⚠️ Retroactividad Limitada

  • Solo las 2 semanas parentales (4 en monoparentales) tienen retroactividad
  • Aplicable desde 2 agosto 2024 pero solicitable desde 1 enero 2026
  • Las 17 semanas restantes NO son retroactivas

⚠️ Diferencia con Permiso Parental No Retribuido

  • Las 2 semanas parentales retribuidas son ADICIONALES
  • Se mantienen las 8 semanas de permiso parental SIN retribución
  • Son permisos independientes y compatibles

⚠️ Transposición Europea

  • Completa la transposición de la Directiva UE 2019/1158
  • España evita sanciones por incumplimiento
  • Procedimiento de infracción abierto desde febrero 2024

📊 COMPARATIVA: ANTES vs DESPUÉS

ConceptoANTES (hasta 30/07/2025)DESPUÉS (desde 31/07/2025)
Familias Biparentales16 semanas19 semanas(+3)
Familias Monoparentales16 semanas32 semanas(+16)
FlexibilidadHasta 12 mesesHasta 8 años (2 sem)
Retribución100% (16 sem)100% (19 sem)
Permiso Parental8 sem sin retribuir2 sem retribuidas + 8 sem sin retribuir

Fuente: Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE-A-2025-15741)


Descubre más desde GECAD

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.