CONVIENE SABER DE…. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Contrato a tiempo parcial

La jornada de trabajo para un contrato a tiempo parcial nunca puede superar el 77% de la jornada a tiempo completo establecido en el convenio colectivo de aplicación. Si no hubiera convenio, el referente sería la jornada ordinaria: 40 horas semanales.

Con la Reforma Laboral 2012  se permiten las horas extras en cualquier contrato a tiempo parcial.

Solo hay dos límites:

– la suma de horas ordinarias, complementarias y extraordinarias no puede superar nunca el 77% de la jornada a tiempo completo;

– y el número máximo de horas extras es de 80 al año, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores.