UGT propone a la Dirección del Árbol los periodos vacacionales para el 2016

La Sección Sindical UGT GEA  (Grupo el Árbol) Madrid propone a la dirección de la Empresa los periodos vacacionales de verano e invierno para el año 2016.

Esta petición viene fundada y argumentada para evitar lo sucedido durante el año 2015 donde los trabajadores/as  no pudieron disfrutar correctamente de su merecido descanso vacacional.

INVIERNO (10 DÍAS)

•    Del 4 de enero al 13 de enero
•    Del 14 de enero al 23 de enero
•    Del 25 de enero al 3 de febrero
•    Del 4 de febrero al 13 de febrero
•    Del 15 de febrero al 24 de febrero
•    Del 25 de febrero al 5 de marzo
•    Del 7 de marzo al 16 de marzo
•    Del 17 de marzo al 26 de marzo
•    Del 28 de marzo al 6 de abril
•    Del 7 de abril al 16 de abril
•    Del 18 de abril al 27 de abril
•    Del 28 de abril al 7 de mayo
•    Del 9 de mayo al 18 de mayo
•    Del 26 de mayo al 4 de junio
•    Del 3 de octubre al 12 de octubre
•    Del 13 de octubre al 22 de octubre
•    Del 24 de octubre al 2 de noviembre
•    Del 3 de noviembre al 12 de noviembre
•    Del 14 de noviembre al 23 de noviembre
•    Del 24 de noviembre al 3 de diciembre
•    Del 5 de diciembre al 14 de diciembre
•    Del 15 de diciembre al 24 de diciembre

Opción 1 – VERANO (21 DÍAS)

•    Del 6 de junio al 26 de junio
•    Del 27 de junio al 17 de julio
•    Del 18 de julio al 7 de agosto
•    Del 8 de agosto al 28 de agosto
•    Del 29 de agosto al 18 de septiembre

Opción 2 – VERANO (21 DÍAS)

•    Del 13 de junio al 3 de julio
•    Del 4 de julio al 24 de julio
•    Del 25 de julio al 14 de agosto + día de compensación “26 de Septiembre”
•   Del 16 de agosto al 4 de septiembre + día de compensación “27 de Septiembre”
•    Del 5 de septiembre al 25 de septiembre

Premisas a tener en cuenta:

Los turnos de vacaciones no pueden ser impuestos, y una vez fijados de mutuo acuerdo estos se respetaran incluso cuando el trabajador/a cambie de centro de trabajo.

L@s trabajadores/as que realizan su jornada habitual de lunes a sábado no podrán incorporarse en domingo después de las vacaciones.

Las vacaciones nunca podrán empezar en en el mismo día de descanso que os trabadores/as que tengan estipulado de manera regular como descanso semanal.

Las vacaciones no podrán comenzar en festivo, generando un día de compensación.

Los trabajadores/as  que por circunstancias personales, necesiten disfrutar de los 31 días de vacaciones de manera continuada, podrán establecerlas de mutuo acuerdo con la empresa.

Desde UGT instamos a la empresa a que apruebe esta propuesta, y comience a poner los calendarios a disposición de los trabajadores/as, para que puedan organizarse las vacaciones en aras de conciliar su vida laboral con su vida familiar.

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