Cotizaciones 2016 Régimen General de la Seguridad Social

Cotizaciones 2016 Régimen General de la Seguridad Social

El BOE de26, de 30 de enero de 2016  publica la Orden que desarrolla y regula las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad de los trabajadores autónomos, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2016.

A modo de resumen destacamos algunos de los cuadros de cotización que incluye la norma.

Topes máximo y mínimo de cotización del Régimen General: A partir de 1 de enero de 2016, de 3.642,00 euros mensuales. El tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador, sin que pueda ser inferior a 764,40 euros mensuales.

Bases máximas y mínimas de cotización. Durante el año 2016, la cotización al Régimen General por contingencias comunes estará limitada para cada grupo de categorías profesionales por las bases mínimas y máximas siguientes:

bases-minima-y-maxima-cotizacion-regimen-general.jpg

Tipos de cotización en el Régimen General: 

  1. a) Para las contingencias comunes, el 28,30 por 100, del que el 23,60 por 100 será a cargo de la empresa y el 4,70 por 100 a cargo del trabajador.
  2. b) Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los tipos de la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la disposición final octava de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa.