CERCENADO EL DERECHO A LA LIBERTAD SINDICAL EN PRO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó, el pasado 31 de mayo, Sentencia 127/2021, en la que declara la nulidad de parte del IV Acuerdo Marco para la regulación de las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria, por considerar que suponen un atentado a la libertad de contratación, la libertad de establecimiento de empresa y la facultad de organización y dirección de las empresas estibadoras, que contraviene los Reales Decretos-Ley 9/2019 y 8/2017, el artículo 49 del Tratado de Fundación de la UE (TFUE) y las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de 11 de diciembre de 2014. 

Se trata de una Sentencia que acoge las conclusiones y argumentos de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) en sus distintas resoluciones e informes sobre el citado IV Acuerdo Marco. 

Dada la importancia de la misma, por cuanto estamos asistiendo a una atención exclusiva a las libertades empresariales y a la defensa de la competencia, poniendo en cuestión el derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, el Servicio de Estudios de la Confederación ha realizado un breve resumen y que os adjuntamos.