El Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm, 189) de la Organización Internacional del Trabajo entró en vigor el 5 de septiembre 2013, extendiendo los derechos laborales fundamentales a los trabajadores domésticos de todo el mundo.
En la actualidad, hay al menos 53 millones de trabajadores domésticos en el mundo, sin incluir a los niños que trabajan en este sector, y su número es cada vez mayor en los países desarrollados y en desarrollo.
A esta cifra hay que agregar alrededor de 10,5 millones de niños – la mayoría menores de edad – que trabajan como trabajadores domésticos en los hogares de otras familias. El 83 por ciento de los trabajadores domésticos son mujeres.
El nuevo Convenio se convirtió en vinculante en virtud del derecho internacional el 5 de septiembre. Era necesaria la ratificación por parte de dos Estados miembros de la OIT. Hasta la fecha, ocho Estados miembros de la OIT (Bolivia, Filipinas, Italia, Mauricio, Nicaragua, Paraguay, Sudáfrica y Uruguay) han ratificado el Convenio.
Desde la adopción del Convenio, diversos países han aprobado nuevas leyes o normas dirigidas a mejorar los derechos laborales y sociales de los trabajadores domésticos, entre ellos Venezuela, Bahréin, Filipinas, Tailandia, España y Singapur. También se han iniciado reformas legislativas en Finlandia, Namibia, Chile y Estados Unidos. Otros países han comenzado el proceso de ratificación del Convenio 189 de la OIT, incluyendo a Costa Rica y Alemania.
Según un estudio de la OIT realizado en enero 2013, titulado Domestic Workers Across the World (Trabajadores domésticos en el mundo), los trabajadores domésticos trabajan para hogares privados, con frecuencia sin condiciones de empleo claras, sin estar registrados y excluidos del alcance de la legislación laboral. Condiciones de trabajo deplorables, explotación laboral y abusos de los derechos humanos son los problemas más graves que afrontan los trabajadores domésticos.
En el momento de la investigación, sólo el 10 por ciento de los trabajadores domésticos estaban cubiertos por la legislación laboral nacional en la misma medida que el resto de trabajadores.
0
0
1
378
2079
UGT Caprabo
17
4
2453
14.0
Normal
0
21
false
false
false
ES-TRAD
JA
X-NONE
/* Style Definitions */
table.MsoNormalTable
{mso-style-name:»Tabla normal»;
mso-tstyle-rowband-size:0;
mso-tstyle-colband-size:0;
mso-style-noshow:yes;
mso-style-priority:99;
mso-style-parent:»»;
mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;
mso-para-margin:0cm;
mso-para-margin-bottom:.0001pt;
mso-pagination:widow-orphan;
font-size:12.0pt;
font-family:Cambria;
mso-ascii-font-family:Cambria;
mso-ascii-theme-font:minor-latin;
mso-hansi-font-family:Cambria;
mso-hansi-theme-font:minor-latin;}
La falta de protección jurídica aumenta la vulnerabilidad de los trabajadores domésticos y hace más difícil la búsqueda de soluciones. Como resultado, sus salarios son con frecuencia inferiores a los de otros trabajadores en ocupaciones similares y sus jornadas laborales son más largas.