Referencia compartida: 19 de octubre de 2026. Revisión y adaptación profesional: 22 de octubre de 2026.
La STS 773/2026, de 5 de octubre, recurso 236/2025, ECLI:ES:TS:2026:4079, examina los pluses de participación en resultados y de desempeño profesional del convenio de CEPSA Refino. El Supremo desestima el recurso empresarial y estima el de UGT-FICA sobre la prescripción de las diferencias reclamadas.
La clave está en distinguir dos reducciones
El convenio ya prevé el devengo proporcional al tiempo trabajado. El conflicto se refiere a otra regla: el descuento por absentismo. La Sala rechaza que esa segunda reducción incluya la incapacidad temporal, porque amplificaría el efecto de la baja más allá de la proporcionalidad prevista.
El fallo no elimina la previsión separada de devengo proporcional ni establece el cobro íntegro de todos los incentivos durante cualquier baja. Su alcance corresponde a los complementos y al conflicto examinados.
La reclamación exige documentos y fechas
La resolución reconoce el derecho relativo a los ejercicios 2022 a 2025 sin incluir la incapacidad temporal en el descuento discutido y condena al abono de las diferencias que resulten; no cuantifica derechos individuales.
Para la acción sindical resulta útil reunir el convenio, las reglas de cálculo y las liquidaciones. En materia de plazos, la Sala valora la intervención preceptiva de la comisión paritaria y el tiempo durante el que no podía proseguirse al siguiente trámite. Otro caso exige comprobar su propia secuencia, sin copiar automáticamente las fechas de este litigio.
Sentencia oficial en CENDOJ. Contraste del original de veinte páginas, en especial fundamentos tercero, cuarto y sexto y fallo.
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